CABILDO GENERAL ORDINARIO DE CUENTAS

El próximo miércoles día 17 de Octubre, a las 20:30 horas en primera citación, y a las
21 en segunda, en las dependencias de la Parroquia de Santa Cruz, se celebrará
CABILDO GENERAL ORDINARIO DE CUENTAS

El próximo miércoles día 17 de Octubre, a las 20:30 horas en primera citación, y a las
21 en segunda, en las dependencias de la Parroquia de Santa Cruz, se celebrará
CABILDO GENERAL ORDINARIO DE CUENTAS
con arreglo al siguiente
ORDEN DEL DÍA

  1. Preces.
  2. Lectura del Acta del Cabildo anterior, y su aprobación, si procede.
  3. Memoria de la labor desarrollada en el Ejercicio 2017/2018.
  4. Presentación de cuentas correspondientes al Ejercicio 2017/2018,
    y su aprobación si procede.
  5. Presentación de cuentas de Bolsa de Caridad correspondientes al Ejercicio
    2017/2018, y su aprobación si procede.
  6. Exposición de Presupuesto de ingresos y gastos para el curso 2018/2019.
  7. Ruegos y preguntas.
  8. Acuerdo de aportación extraordinaria para las obras de la Parroquia. Autorización al Hno. Mayor para firmar cuantos documentos públicos o privados sean necesarios para la consecución de esta aportación.
  9. Propuesta y aprobación, si procede, de ejecución de nueva insignia sacramental.

Ruego a usted, de orden del Sr. Hermano Mayor, su puntual asistencia.
Dios guarde a usted muchos años.
Sevilla a 6 de Septiembre de 2018
EL SECRETARIO 1º:
Juan Jiménez García

NOTA: Según dispone nuestra Regla número 24: «Tienen derecho los hermanos mayores
de dieciocho años de edad, con un año de antigüedad, a ser convocados y asistir con
voz y voto a los Cabildos Generales de la Hermandad.
Los hermanos comprendidos entre los catorce y los diecisiete años de edad, podrán
asistir a dichos Cabildos, con voz pero sin voto»
Igualmente se recuerda, según la Regla 54, apartado D que “el resumen de cuentas que
ha de presentar el Mayordomo, así como los comprobantes, estarán a disposición de los
hermanos en la Casa de Hermandad, durante la semana inmediatamente anterior a la
celebración del Cabildo de Cuentas, durante la celebración del cual sólo cabrá solicitar
aclaraciones sobre las mismas. La Bolsa de Caridad sólo justificará los gastos, sin facilitar
los nombres de las personas auxiliadas

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